" Da el primer paso con fé. No tienes que ver toda la escalera. Basta con que subas el primer peldaño". Martín Luther King

jueves, 24 de octubre de 2013

Ley de Fomento a la Inversión Privada en Obras Menores de Riego y Drenaje N° 18450



Desde su gestación, en 1985, la Ley de Fomento a la Inversión Privada en Obras Menores de Riego y Drenaje Nº 18.450, ha tenido por objeto otorgar una bonificación al costo de construcción de proyectos de riego de los productores agrícolas que cumplan con el fin de incrementar la superficie regada del país, provocar un mejoramiento del abastecimiento de agua en aquellas áreas regadas en forma deficitaria, incentivar un uso más eficiente de la aplicación del agua e incorporar nuevos suelos a la explotación agropecuaria, esto último, por la vía de eliminar el mal drenaje o facilitar la puesta en riego de suelos actualmente de secano. 

Esta ley faculta al Estado de Chile para financiar anualmente un Programa de Construcción de Obras Menores de Riego y Drenaje, el que mediante un sistema de Concursos Públicos bonifica un porcentaje del costo de su construcción mandatando a la Comisión Nacional de Riego para que aplique, administre y difunda los beneficios de esta Ley 

Desde su aplicación, se puede afirmar que alrededor del 50% del aumento de la superficie de riego con sistemas tecnificados en el país, corresponde a inversiones bonificadas mediante aportes de esta Ley, reconociéndose en este instrumento, una palanca para el desarrollo en el sector agrícola. 

La suma del costo de las obras y el monto de las inversiones que presenten los proyectos intraprediales, para efectos de la bonificación, no podrá exceder de 12.000 unidades de fomento, sin perjuicio de que el costo total de la obra pueda ser mayor siendo la diferencia de cargo del postulante.

En el caso en que los postulantes sean organizaciones de usuarios definidas por el Código de Aguas, podrán presentar proyectos de un valor de hasta 30.000 unidades de fomento, que beneficien en conjunto a sus asociados, comuneros o integrantes. 

Por último, es importante destacar que la Ley 18.450 permite potenciar sustantivamente la actividad de las organizaciones de regantes y focalizar recursos hacia la recuperación de la calidad de riego de aguas contaminadas, la infiltración para la recarga de acuíferos, el apoyo a la agricultura sustentable, y fomentar el uso y generación de energías renovables no convencionales, entre otras áreas.


Felipe Martín Cuadrado
Secretario Ejecutivo
Comisión Nacional De Riego

No hay comentarios :

Publicar un comentario